La publicación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 ha introducido importantes novedades en distintas materias. En el ámbito de las Administraciones Públicas, se ha modificado la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) y extendido la prohibición de contratar con el sector público a las empresas de más de 50 trabajadores que no cuenten con un plan de igualdad. Hasta la fecha, esta prohibición solo afectaba a las empresas de más de 250 trabajadores.

La normativa sectorial establecía unos plazos para implantar un plan de igualdad en las empresas:

  • Desde el 7 de marzo de 2020, es obligatorio para las empresas de entre 151 y 250 trabajadores.
  • Desde el 7 de marzo de 2021, es obligatorio para las empresas de entre 101 y 150 trabajadores.
  • Desde el 7 de marzo de 2022, el Plan de Igualdad es obligatorio para empresas de 50 a 100 trabajadores.

 

De tal manera que la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), prohíbe expresamente la contratación de empresas en las que concurra determinadas circunstancias. En el caso de los planes de igualdad, existe la prohibición de contratar para empresas de más de 50 trabajadores que no cuenten con este documento aprobado y registrado.

Esta disposición está en vigor desde el 1 de enero de 2023 y será aplicable a todas las licitaciones a partir de la fecha. También podría ser aplicable a:

  • Cualquier contrato que se encuentre en trámite de licitación desde una fecha anterior
  • Contratos ya adjudicados que no se hayan formalizado.
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